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Escrituras Públicas

Las Escrituras Públicas son documentos legales que establecen acuerdos entre las partes y tienen carácter público, por lo que deben ser otorgados ante Notario y cumplir con ciertos requisitos.

Requisito general: Para comparecer en una Escritura Pública, es necesario presentar una Cédula de Identidad vigente, cumplir con los requisitos de individualización y ser mayor de edad.

¿Qué tipos de Escrituras existen?

Existen diferentes tipos de Escrituras Públicas, tales como la compraventa, el mutuo, la hipoteca, el arrendamiento, el leasing, la rectificación o aclaración, la permuta, la transacción y la novación. Cada una de ellas tiene su propio objeto y características.

Hipoteca y Permuta

Algunas Escrituras Públicas, como la hipoteca y la permuta de un bien raíz, deben realizarse mediante escritura pública y ser inscritas en el Registro Conservatorio para tener validez.

Por otro lado, el contrato de novación no es obligatorio que sea otorgado por escritura pública, pero si se refiere a un bien raíz, deberá hacerse por este medio.

Prendas

En cuanto a las prendas, existen varios tipos, como la Prenda Civil, la Compraventa a Plazo con Prenda, la Prenda Agraria y la Prenda Industrial, cada una con sus particularidades y requisitos legales.

En general, la prenda se refiere a la entrega de una cosa en garantía para asegurar un crédito.

Ubicación y Horario

Horario: Lunes a Viernes de 09:15 a 17:00 hrs. · Sábados de 10:00 a 13:00 hrs.
Teléfonos: (56)2 2927 6948 · 2 2927 6949
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